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El absolutismo de los derechos supremos y sobre la encomienda liberal.

El hombre que no identifica sus auténticos derechos es presa de la moralidad gris con fines a su progresiva muerte.

Publicado: 2015-10-16


Cuando se defiende, desde el liberalismo, los cuatro pilares del derecho individual, es decir, las máximas absolutas de vida, libertad, propiedad y búsqueda de la felicidad, no hay que errar en el entendimiento de estos principios que han sido malintencionadamente tersgiversados por diferentes corrientes "liberales" y socialistas y peor aún, aislados de forma obtusa.

Cuando se defiende el derecho a la vida no es la defensa intrínseca de la vida tal como un pro-vida la defendería o un liberal clásico erróneamente la defendería, tampoco respecta a la defensa de cualquier vida como un animalista mantendría, sino el derecho corresponde al derecho de la vida de un ser humano nacido, que posee derechos desde el momento de su existencia y su independencia existencial, por patrones objetivos que relacionan tanto realidad como mente. Los no-natos no posee derechos pues para que tal cosa exista se tiene que anular el derecho a la vida, libertad y propiedad del individuo que concibe al feto. Los seres inferiores como los animales tampoco tienen derecho a la vida, el derecho es una cuestión únicamente humana formada para seres humanos, principios que respetan la vida de cada individuo de manera objetiva, coherente y sin contradicciones, únicamente individual, nunca de forma intrínseca, hacia individuos que poseen el uso de la razón y pueden comunicarse conceptualmente por su naturaleza.

Cuando se defiende el derecho a la libertad, no se defiende la libertad de hacer lo que subjetivamente a uno le plazca, reprimiendo los derechos de otros individuos, sea individual o colectivamente, en el peor de los casos, mediante la teoría libertario-anarquista. Derecho a la libertad es la no intromisión en los proyectos de vida de los demás, rechazando la coerción y el inicio de la fuerza, es decir, se tiene derecho a la libertad siempre y cuando los proyectos de vida individuales no coarten los derechos de otros individuos. La libertad es corolario del derecho a la vida: quien te quita tu libertad te quita tu vida.

Cuando se defiende el derecho a la propiedad se deduce tanto del derecho a la vida como el derecho a la libertad poseyendo relación inherente con ambos. El poseer libertad es poseer tanto tu vida, tu libertad de acción que conlleve al uso de tu vida (autopropiedad) como las herramientas que son parte de tu vida, este último implica a todo lo que corresponde como tu propiedad material. No hay tal absurdo que oblitera separadamente mediante el marxismo lo que es propiedad personal y propiedad privada: la propiedad es tanto personal como privada, corresponde al individuo, personal y privadamente (excluyente). Los que son bienes públicos no son propiedad individual ni son derechos, son convencionalismos y acuerdos en el uso de la propiedad que es difícil su delimitación y su pertenencia pero que aún así, su normativa no puede ni debe socavar tus derechos absolutos. La propiedad también es corolario del derecho a la vida: quien te quita tu propiedad, te quita tu vida, este caso incluye los impuestos que el gobierno grava al individuo de forma arbitraria para sostener fines colectivos que socavan el derecho a tu propiedad (tu riqueza es tu propiedad).

Cuando se defiende el derecho a la "búsqueda de la felicidad" jeffersoniano, no solo define que siendo libre tienes derecho a alcanzar tus propios proyectos de vida, sino pone coto al Estado a la no intromisión en la vida del hombre. Esto se debe tener en claro, así como se debe tener en claro la naturaleza del gobierno, dado que la sociedad pervirtió posteriormente el entendimiento de "búsqueda de la felicidad" jeffersoniano, que tanto progresistas como socialistas en América no buscan la felicidad por ellos mismos, sino esperan que el Estado satisfaga sus falsos deseos de "felicidad".

Todo derecho existente de menor rango debe estar siempre subordinado a los cuatro principios liberales de vida, libertad, propiedad y búsqueda de la felicidad, sea de la forma que se organice la sociedad en cada contexto, así como el gobierno debe preservar estos cuatro derechos mediante Constitución, aplicándose a cabalidad, fines a establecer un gobierno objetivo. Los derechos son únicamente individuales, no existen derechos de grupo ni derechos de gobierno, esto quiere decir que cualquier derecho que este por encima de los cuatro derechos individuales antes definidos no es ni puede ser un derecho, rechazando categóricamente tanto la concepción de derechos desde el socialismo más radical, hasta el socioliberalismo como demás liberalismos colectivistas.

Los derechos son perdidos paulatinamente desde el momento que un individuo detenta el uso de la fuerza para reprimir el derecho de otros individuos, incluso perdiendo el derecho a su vida dependiendo de la proporcionalidad del delito determinado mediante el castigo del gobierno previamente probado ante tribunales y subordinado a Constitución. La pérdida del derecho a la vida no solo corresponde al máximo castigo penal hacia el agresor sino también al uso de la fuerza inmediata en combate contra el agresor, siempre iniciada por el agresor. El derecho es tanto ético como sancionatorio: dependen siempre de una ética objetiva como sus fines son de sancionar la acción criminal del hombre que buscara desposeer a los demás hombres de sus derechos fundamentales (los cuatro pilares de vida, libertad, propiedad y búsqueda de la felicidad).

No abusar como se hace entre cohetáneos, de la falacia política ni de la ignorancia supina, del error flagrante y de los subterfugios y circunloquios racionalistas en cuanto a los derechos. Los derechos son absolutos, corresponden al Principio de Identidad (A=A), su basamento no es de cuestión "utilitaria" o "relativista", no se forman de conveniencias sociales o acuerdos globales mediante democratización, no se puede hablar de derechos mientras subjetivamente la sociedad desea otorgar derechos o no, dependiendo de sus deseos de grupo: tanto el derecho a la vida, la libertad, la propiedad y la búsqueda de la felicidad defendidos vehementemente por el liberalismo son derechos absolutos, siempre que el hombre sea hombre, es decir, no son formados democráticamente por el deseo de grupo sino por la razón. Estos cuatro pilares, vida, libertad, propiedad y búsqueda de la felicidad, son únicamente individuales, siendo el individuo el poseedor de tales derechos. Defender los cuatro derechos "vida, libertad, propiedad, felicidad" no es causalidad iusnaturalista, los derechos son creados por el hombre en la res política, desde la razón recta y consciente del mismo teniendo la realidad como su base, sin contradicciones epistemológicas. Siempre que existan otros derechos como "juicio justo", "presunción de inocencia", "derecho a la defensa y posesión de armas" etc, tendrán relación necesaria y son corolarios de los principales derechos descritos, sino no son ni pueden ser derechos, esto incluye a toda ley en la tierra y toda forma de gobierno racional que defienda los derechos del hombre.

No existen derechos naturales, aunque los derechos corresponden a la naturaleza humana, los derechos no son intrínsecos al hombre, ni tampoco innatos, los derechos se forman únicamente en vida política. Lo último expuesto también se deduce en cuanto a libertades: nadie nace libre por derecho, fuera de la naturaleza volitiva o de libre albedrío humano, sino se es libre mediante política y solamente mediante ella, rechazando el argumento libertario-anarquista de la libertad por la libertad.

No existen derechos positivos, los derechos no son amorales, dependen necesariamente de la ética, así como cada ley formada no puede ser concebida arbitrariamente desde la sociedad para la sociedad, ni desde el gobierno para el gobierno, ni tampoco ir en detrimento de los derechos individuales del hombre por el deseo inmoral de cambiar la naturaleza del mismo, así como cambiar los proyectos de vida de este al antojo del gobierno o sociedad (el gobierno es de leyes, no de hombres, la sociedad no legisla ni puede legislar, mucho menos cuando la legislación anula los cuatro derechos fundamentales y absolutos del hombre al principio indicados).

No existen derechos de los animales: los seres humanos solo posee derechos, seres que epistemológicamente pueden comunicarse articulada y racionalmente, así como poseen naturaleza humana.

No existen derechos del feto: solo el hombre lo posee, no un potencial ser vivo que depende de un individuo con derechos. No existe derechos colectivos: solo el derecho es individual y todo derecho implica a no usar la fuerza ni truncar la vida del hombre iniciando la fuerza, ergo, se deduce que, no existe "derecho a la salud", "derecho a la vivienda", "derecho al trabajo", "derecho a oportunidades laborales" porque estos falsos derechos no pretenden decirle al hombre que debe conseguirlos libremente y sin intromisión, sino dependen de quitarles sus auténticos derechos a los connacionales para otorgárselos privilegiada e inmerecidamente de los demás.

No existe "derechos de segunda generación": nadie tiene derecho a arrebatarle a otro su derecho a existir o ser feliz, mucho menos que el Estado, mediante impuestos, cumpla con fines colectivos, en detrimento del individuo, sea mediante "derecho a la salud", "derecho a la educación", "derecho a la vivienda", "derecho a la seguridad social", etc. Mucho menos existe la abominación moderna de los "derechos de tercera generación": la paz no es un "derecho", es lo que tiene que darse por añadidura del cumplimiento de derechos y función gubernamental en una sociedad libre, el derecho a la "calidad de vida" mediante acciones burocráticas que conlleven control gubernamental macroeconómica contra la libre empresa y la economía de mercado tampoco es un derecho, esto genera un coste social en cuanto a coerción fiscal y restricciones de libertad económica; tampoco los derechos son para "cooperación a nivel planetaria" porque eso solo indica que se está obligado a cooperar socialmente, en una tendencia holística hacia la unión de consciencias hasta la desaparición del individuo y sus derechos, como un sofista Hegel hubiese soñado y lo que sueñan actualmente todo el eje socialista-colectivista-altruísta. No existe en "derechos de tercera generación" los llamados "derecho de los pueblos": ninguna sociedad, pueblo o colectivo está por encima del individuo, así como toda decisión colectiva debe estar subordinada a los cuatro pilares antes mencionados. Los "derechos" como paz, relaciones internacionales, cuidado del patrimonio, secesión, etcétera no son derechos, son funciones del Estado. Las abstracciones no tienen derechos, solo los individuos los poseen y nada más que los individuos.  

Los derechos no son negociables ni transferibles, rechazando así el basamento teorético del anarcocapitalismo que defiende sociedades sin derechos mediante leyes subjetivas y comercializables, así como los derechos son condición necesaria para la paz social que una sociedad mediante su gobierno debe preservar.

En síntesis, la tendencia irracionalista moderna, sea socialdemócrata, progresista, marxista, conservadora, neoconservadora, etcétera, hacia la función del Derecho mediante la subjetividad pervierte los auténticos derechos del hombre cara a subordinar al hombre no solo cada vez más hacia el Estado sino hacia la inmoralidad del bien social, es decir, la sumisión hacia los demás. En este respecto el anarquismo libertario o llamado "anarcocapitalismo" tiene el mismo fin pero desde otra visión colectivista: la pandilla organizada del más fuerte, por la creación de su propio "derecho". La virtud y teleología del auténtico liberal es reinvindicar los auténticos derechos que posee el hombre, los cuatro pilares, y por consiguiente los derechos que tienen relación no contradictoria con los cuatro pilares, así como rechazar toda tendencia liberticida que pretende socavar los derechos concebidos por los Padres Fundadores, sea desde el colectivo o sea desde el Estado. El auténtico liberal defiende con firmeza la objetividad del Derecho, tanto derechos constitucionales como leyes, porque esos derechos permiten al hombre alcanzar sus más preciados y elevados fines, haciendo posible el encuentro de su felicidad, así como sus leyes resguardan la libertad de acción de aquel hombre y reprimen con justicia objetiva y sancionatoria los actos arbitrario-coercitivos del hombre. El auténtico liberal lucha contra los enemigos de la razón y la vida, contra los que detentan su sumisión por "causas justas, humildes, pacíficas o altruístas", sea la lucha mediante confrontación ideológica o mediante confrontación armada, en el segundo caso solo cuando todo debate con el gobierno se truncó así como el gobierno ejerce su tiranía sobre el hombre bajo una faz de falsa justicia, apelando a falacias y manipulando consciencias, aplicando una correcta ética de emergencias. El auténtico liberal no solo debe reconocer que los cuatro derechos pilares de vida, libertad, propiedad y búsqueda de la felicidad no son solo individuales, sino supremos y absolutos, son la elección entre la vida o la divinización hacia la muerte.

Por último, en el llamado a los auténticos liberales y los potenciales liberales, el auténtico liberal debe necesariamente usar su mente para identificar a sus adversarios y enemigos, aquellos que deseen expropiar los cuatro pilares de derechos antes mencionados, sin ceder ante el mal, dado que su vida depende de su única herramienta para preservarla: la razón.




Escrito por

Libertaire Limeño

Liberal Republicano, pro-capitalista y seguidor de la filosofía objetivista. Anti-marxista. Solo hay una vía: libertad.


Publicado en

Casa de Naipes

Ensayos y críticas sobre economía, política, filosofía, música, cine, espectáculos entre otros temas. Me reservo el derecho a réplica.